Condiciones Generales de Alquiler
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Las siguientes Condiciones Generales de Alquiler son de ineludible aplicación y pasan a formar parte del contrato de arrendamiento del vehículo camper que se formalizará entre ambas partes.
1. Contenido del contrato y ámbito de aplicación
1.1 La reserva de alquiler supone la aceptación de cada una de las condiciones descritas en el presente contrato. Así mismo, sólo serán válidas las Condiciones Generales de Alquiler de Campo Base Camper.
1.2 El objeto del contrato formalizado con el arrendatario es únicamente la entrega en régimen de alquiler del vehículo, y en su caso, de los accesorios extras u opcionales ofrecidos por el arrendador y reservados por el arrendatario.
1.3 En caso de reserva, entre el arrendatario y el arrendador, se formalizará un contrato de alquiler regido exclusivamente por el derecho español. El arrendatario utilizará el vehículo bajo su propia responsabilidad. El contrato de alquiler estará limitado a la duración acordada. Queda excluida la prolongación tácita del contrato de alquiler por un período indeterminado debido a un uso continuado.
1.4 El conjunto de acuerdos entre el arrendador y el arrendatario se realizarán exclusivamente por escrito.
2. Edad mínima y conductores autorizados
2.1 El arrendatario y cada uno de los conductores autorizados deberán tener como mínimo 25 años, además deberán poseer el permiso de conducción clase B vigente, o el permiso nacional equivalente y tener más de 2 años de antigüedad. En caso de no ser residente de la UE, deberá estar en posesión del permiso de conducir internacional en vigor.
2.2 El vehículo no podrá ser retirado por otra persona que no sea el contratante. Tan sólo podrá conducir el vehículo el arrendatario y los conductores adicionales debidamente registrados en el contrato de alquiler y que cumplan las condiciones previstas en el apartado 2.1 del presente documento.
2.3 Si en el momento de la entrega del vehículo, el arrendatario no dispone del permiso de conducir correspondiente, o este se considera no apto por no estar vigente y/o porque la documentación presentada sea falsa o inexacta, se considerará a todos los efectos que el vehículo no se ha recogido, por lo que se aplicarán las condiciones de anulación pertinentes (véase apartado 4.1) sin derecho a devolución o indemnización de ningún tipo.
3. Precios y duración del alquiler
3.1 Los precios de alquiler y de los servicios y accesorios opcionales se originan de la lista de tarifas en vigor, del arrendador, en el momento de formalizar el contrato. El arrendador, tendrá derecho a aplicar promociones puntuales sobre la lista de precios publicada cuando así lo considere.
3.2 El periodo mínimo de alquiler establecido para las diferentes épocas del año deriva de la lista de tarifas en vigor del arrendador, en el momento de formalizar la reserva, siendo 2 noches el alquiler mínimo y 44 noches el máximo. El arrendador, tendrá derecho a aplicar promociones que repercutan en el periodo mínimo y/o máximo de alquiler cuando así lo considere.
3.3 El precio de alquiler incluye: IVA, seguro a todo riesgo con franquicia (véase apartado 9), asistencia en carretera y kilometraje ilimitado.
3.4 El periodo de alquiler empieza con la recogida del vehículo por parte del arrendatario en el emplazamiento y la fecha pactada y finaliza con la recogida del vehículo por parte del arrendador en el lugar y la fecha convenida.
3.5 Si el arrendatario desease prolongar el arrendamiento del vehículo sobre las fechas establecidas, deberá comunicarlo al arrendador con una antelación de al menos 24 horas a la finalización del contrato. La eventual confirmación de prórroga estará sujeta a la disponibilidad que en ese momento tenga el arrendador, no asumiendo, por tanto, este último compromiso previo alguno.
4. Reserva
4.1 La reserva y confirmación del vehículo implica el previo pago del 50% del importe total del alquiler en concepto de paga y señal. Una vez recibido el pago, el arrendador enviará la confirmación por escrito al arrendatario y a partir de ese momento la reserva será vinculante por ambas partes. De no realizarse el pago por parte del arrendatario, se entenderá que no se ha realizado reserva alguna por parte de éste, lo que exime de cualquier responsabilidad al arrendador. En caso de que el cliente rescinda la reserva vinculante solicitando la anulación de la misma, se aplicarán las siguientes penalizaciones:
- Anulación comunicada antes de los 30 días del inicio del alquiler: sin penalización. Excepto reservas de alquiler realizadas para Puentes, Navidad, Semana Santa y los meses comprendidos entre junio y septiembre (ambos incluidos) en las cuales se aplicará una penalización del 50% sobre el precio final del alquiler.
- Anulación comunicada entre 30 y 16 días antes del inicio del alquiler: penalización del 75% sobre el precio final del alquiler.
- Anulación comunicada con menos de 16 días a la fecha de inicio del alquiler: penalización del 95% sobre el precio final del alquiler.
4.2 Tras la confirmación de la reserva, el arrendatario está obligado a enviar al arrendador copia de los siguientes documentos en vigor:
- Documento Nacional de Identidad (DNI), o pasaporte.
- Carnet de conducir europeo o en su defecto carnet de conducir internacional.
4.3 El arrendatario podrá modificar la fecha del alquiler una única vez. Para que esto sea posible, deberá avisar del cambio al arrendador, como mínimo, con 25 días de antelación. Además, deberá informar la nueva fecha elegida en el momento del cambio y ésta deberá estar dentro de los 12 meses siguientes, contando desde el primer día del alquiler original. Antes de confirmar el cambio, el arrendador informará al arrendatario el precio total del alquiler con las nuevas condiciones. Si el resultado del cambio de la reserva es por importe inferior, el arrendador no reembolsará la diferencia. Si, por el contrario, el precio es superior, el
arrendatario deberá abonar la cantidad pendiente.
5. Condiciones de pago y fianza
5.1 En el momento de formalizar la reserva, el arrendatario deberá abonar al arrendador el 50% del importe total del alquiler, mediante pasarela de pago a través de la web. El 50% restante deberá liquidarlo el mismo día de la recogida el vehículo (únicamente se aceptarán pagos con tarjeta de crédito/débito, efectivo y Bizum). Los pagos y las devoluciones se harán en EUROS (€)
5.2 En el momento de la recogida del vehículo se depositará una cantidad de 800€ en concepto de fianza, mediante tarjeta de crédito o Bizum, para garantizar el buen uso y la correcta devolución del vehículo. Dicho depósito de garantía servirá para cubrir daños causados al vehículo, no cubiertos por el seguro: daños interiores (ej. asientos sucios, mobiliario deteriorado o vajilla rota entre otros), desperfectos y o carencia de algún objeto, disconformidad del estado de limpieza del vehículo, asegurar la política de combustible lleno, así como toda suma debida al propietario si existen desperfectos en el vehículo con respecto al estado inicial que figure en el contrato de alquiler. En caso de constatar daños tras la devolución del vehículo, el propietario retendrá el importe de la fianza hasta conocer el coste de la reparación.
5.3 La fianza será devuelta después de que el vehículo haya sido examinado por un responsable de Campo Base Camper, a partir de las 48 horas laborales siguientes a la devolución del vehículo. Si durante las 48 horas posteriores a la devolución, apareciesen desperfectos no apreciados en el momento de la devolución del vehículo, estos correrán igualmente a cargo del arrendatario previa justificación de videos, fotografías o de forma presencial haciendo volver al arrendatario. En caso de desperfecto por mal uso se dictaminará el importe que el cliente deberá abonar. Este importe será deducido de la fianza depositada, aceptando el arrendatario el pago de la diferencia, si el coste de los desperfectos supera el valor de fianza depositada. De no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, el arrendador dispondrá de 60 días para efectuar la liquidación y devolver la fianza si procede o reclamar la diferencia entre esta y el coste de los desperfectos.
5.4 De producirse algún siniestro durante la vigencia del contrato de arrendamiento, la fianza depositada por el arrendatario, será retenida pudiendo ser usada como franquicia ante el seguro. En el supuesto de que el coste total de la reparación del vehículo supere la franquicia contratada, el viajero deberá abonar la cantidad de 800€, por el contrario, si el coste de la reparación es inferior a la franquicia, el viajero únicamente abonará el coste total de la reparación.
5.5 El arrendatario se compromete expresamente a pagar al arrendador:
a) Los cargos adicionales que se origen si el vehículo es dejado en algún otro lugar o ciudad, sin la autorización del arrendador.
b) Los cargos que se originen si se produce la retención o embargo del vehículo por culpa del arrendatario, incluida la repatriación y el lucro cesante de Campo Base Camper durante el tiempo que dura la inmovilización y no disposición del vehículo.
c) El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico o de cualquier otra clase que sean dirigidas contra el vehículo, el arrendatario o arrendador, derivados del tiempo de vigencia del presente contrato de alquiler, siempre que no haya sido originado por falta del arrendador.
d) Los gastos incurridos por el arrendador (incluidos honorarios de Abogados y Procuradores) en la reclamación de las cantidades adeudadas por el arrendatario en virtud del presente contrato
e) El vehículo dispone de un seguro a todo riesgo con franquicia (no incluye los efectos personales del arrendatario y acompañantes). En caso de accidente o robo, el arrendatario se hará cargo del importe de 800€ por siniestro. En caso de concurrir a más de 1 siniestro durante el alquiler del vehículo, el arrendatario pagará tantas franquicias como siniestros totales se deban declarar.
f) Todos aquellos daños causados a un tercero o al arrendador no cubiertos por el seguro del vehículo y que sean evaluables económicamente en ese momento, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 5.
5.6 Si el arrendatario se retrasa en los pagos, la empresa, de conformidad con las disposiciones
legales vigentes, podrá aplicar los intereses por demora oportunas.
6. Entrega y devolución de vehículo
6.1 La entrega y devolución del vehículo se realizará en el lugar y hora previamente pactado entre el arrendatario y Campo Base Camper.
6.2 Previo a la entrega del vehículo ambas partes suscribirán el contrato de arrendamiento del vehículo con arreglo a las condiciones especiales de la reserva vinculante válidamente realizada y conforme a las presentes Condiciones Generales de alquiler, que tendrán que ser aceptadas expresamente por el arrendatario como parte integrante del contrato. La no aceptación de las presentes Condiciones Generales por parte del arrendatario en ese momento se entenderá como una rescisión de la reserva vinculante, por lo que será de aplicación el apartado 4.1.
6.3 El arrendatario está obligado a seguir las instrucciones de manejo del vehículo que le proporcione el personal técnico de Campo Base Camper en el punto de entrega. Se elaborará un acta de entrega (Check-In), en la que se describirá el estado del vehículo e inventario a bordo y que deberán firmar ambas partes. Así mismo, en dicha acta, el cliente declarará haber revisado el vehículo y sus instalaciones antes de recepcionarlo y reconocerá recibirlo en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados y se compromete a conservarlo en buen estado. Por lo tanto, la avería del vehículo o el mal funcionamiento del equipo durante el alquiler no darán derecho a ninguna indemnización, devolución o descuento.
6.4 El arrendador se podrá negar a entregar el vehículo hasta que no se haya realizado la instrucción y firma del contrato.
6.5 Al devolver el vehículo, el arrendatario está obligado a realizar una revisión final del vehículo junto con los empleados de Campo Base Camper. Se elaborará un acta de devolución (Check-Out) que deberán firmar ambas partes. Los desperfectos que no consten en el acta de entrega y se detecten en el momento de la devolución del vehículo, correrán a cargo del arrendatario y serán descontados de la fianza (véase apartado 5 y 9)
6.6 En la devolución del vehículo, por finalización del alquiler, en la que el arrendatario no esté presente durante la inspección del mismo pos causas imputables a él, y se aprecien daños en el vehículo, el arrendatario aceptará la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el personal técnico de Campo Base Camper.
6.7 En caso de que se detecte algún desperfecto en las 48 horas siguientes a la devolución del vehículo, durante el proceso de limpieza y chequeo de vehículo, el arrendador lo notificará al arrendatario para gestionar el abono de dichos desperfectos.
6.8 La no presentación del arrendatario en el lugar y hora convenida para el inicio del alquiler tendrá la consideración de recisión unilateral del contrato y de la reserva, con penalización del 100% del importe total del alquiler contratado. Dicha no presentación facultará al arrendador a disponer del vehículo reservado, no teniendo el arrendatario derecho alguno a indemnización ni compensación.
6.9 Las entregas de los vehículos se realizarán de lunes a domingo de 15 a 20 horas y las devoluciones serán efectuadas de 10 a 19 horas.
El arrendatario podrá seleccionar recogida y/o devolución del vehículo fuera de horario, abonando el suplemento correspondiente a la tarifa vigente publicada en la web.
Los horarios que aparezcan en el contrato de alquiler se consideraran los acordados.
6.10 En caso de que el arrendatario, por propia decisión unilateral, inicie con retraso o termine anticipadamente el alquiler, no tendrá derecho a reembolso alguno. Pagará el precio integro del alquiler acordado inicialmente.
6.11 Cualquier alteración de las fechas de alquiler deberá ser previamente autorizada por el arrendador. El incumplimiento de esta condición facultará al arrendador para hacerse cargo del vehículo o requerirlo judicialmente. El arrendador se reserva el derecho de obtener la devolución del vehículo en cualquier momento, durante la vigencia del presente contrato, si su utilización contraviniera lo dispuesto en el mimo o en las presentes Condiciones Generales de Alquiler.
6.12La devolución en un lugar diferente a la de recogida requerirá un acuerdo especial con el arrendador y el pago del importe correspondiente a este servicio, que se pactará antesde la entrega del vehículo por parte del arrendador al arrendatario.
6.13Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en el día acordado, deberá ser comunicada inmediatamente al arrendador para que éste la acepte; en caso contrario se considerará retraso no autorizado. Los retrasos en la devolución, no autorizados, serán penalizados. Si se devuelve el vehículo una vez transcurrido el tiempo acordado por escrito, el arrendador cobrará 30€ + IVA por hora de retraso (precio máximo por día de retraso: el correspondiente al triple de toda una jornada, considerándose la tarifa vigente según la temporada aplicada en el contrato). El arrendatario asumirá los gastos derivados del hecho que otro arrendatario u otra persona haga valer sus derechos frente al arrendador, debido a un retraso en la entrega del vehículo, imputable al arrendatario.
6.14 El vehículo se devolverá limpio interior y exteriormente. En caso contrario se cobrará un suplemento en concepto de limpieza comprendido entre 30 y 100 € + IVA. Este importe será el considerado por el arrendador y dependerá del estado del vehículo en el momento de su devolución.
6.15 El arrendatario correrá con los gastos del carburante y funcionamiento durante el periodo de alquiler (ej. pinchazos, líquido limpia parabrisas, …) El vehículo se entregará con el depósito de combustible lleno y así deberá devolverse. En caso contrario, el arrendador cobrará, además del importe correspondiente de llenar el depósito de combustible, 30 € + IVA en concepto de servicio.
6.16 El vehículo deberá ser entregado con el W.C. y los depósitos de aguas residuales debidamente vaciados, en caso contrario se cobrará un cargo extra de 150 € + IVA.
6.17 El hecho de llenar el depósito de agua potable con diésel u otro combustible, o el depósito de diésel con agua u otro combustible, implicará una penalización de 650 € + IVA. El combustible de los vehículos arrendados es DIÉSEL. Queda expresamente prohibido el uso de BIODIÉSEL, por lo que su uso también supondrá una penalización de 650 € + IVA €.
7. Obligaciones y prohibiciones
7.1 El arrendatario reconoce que recibe el vehículo en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados, y se compromete a conservarlos en buen estado. Así mismo, se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación y se obliga a:
a) No permitir que lo conduzcan otras personas que no hayan sido autorizadas expresamente por parte del arrendador.
b) No llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del vehículo.
c) No realquilar y/o transportar personas con fines comerciales y/o cualquier otro uso que no esté incluido en el contrato.
d) No sobrepasar el peso establecido en la carga del vehículo (tara máx.).
e) No transportar drogas, productos tóxicos, mercancías inflamables, explosivos o cualquier otro tipo de mercancía prohibida.
f) No transportar en el vehículo ningún tipo de animal.
g) No ceder su uso a terceros a título gratuito o lucrativo y no auxiliar a delincuentes.
h) No cometer delitos, aunque estos sólo sean castigados según la legislación vigente en el lugar de los hechos.
i) No conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivadas por alcohol, drogas, fatiga, enfermedad o bajo el uso de medicamentos.
j) No transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado, ni participar con el vehículo en pruebas deportivas, de resistencia, carreras u otras que puedan dañarlo.
k) No utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos o remolques.
l) No desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.
m) El arrendatario sólo está autorizado a circular con el vehículo arrendado dentro de la Unión Europea, Suiza – (Liechtenstein), Noruega, Gran Bretaña, Islandia y/o Andorra.
No circular fuera de España o Andorra sin la autorización expresa del arrendador. Países en los que está permitida la libre circulación sin autorización del arrendador:
España y Andorra.
Países en los que está permitida la libre circulación con autorización del arrendador:
Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Croacia, Alemania, Dinamarca, Estonia, Francia, Finlandia, Grecia, Hungría, Italia, Irlanda, Luxemburgo, Lituania, Letonia, Malta, Holanda, Portugal, Polonia, Rumanía, Suecia, República Eslovaca, Eslovenia, Suiza – Liechtenstein, Noruega, Gran Bretaña, Islandia
Queda expresamente prohibido viajar a cualquier país que se encuentre en guerra o conflictos bélicos.
n) Tener el vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no lo utilice y protegerlo del deterioro de las heladas, pedrisco o cualquier otro fenómeno atmosférico susceptible de producirle daños de importancia.
o) Queda expresamente prohibido al arrendatario variar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves, cerraduras, equipamiento, herramientas y/o accesorios del vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo expresa autorización escrita por parte del arrendador.
En caso de infracción de este artículo, el arrendatario correrá con todos los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, debiendo abonar además una indemnización por la inmovilización del vehículo, si se produjese, hasta su total
reparación.
La pérdida o robo de llaves supondrá un coste fijo de 250 € +IVA y la pérdida o robo de la documentación del vehículo un coste fijo de 300 €+IVA. Ambos conceptos serán retirados de la fianza. p) Queda totalmente prohibido la subida del vehículo en otros medios de transporte como barcos, trenes, aviones o cualquier otro sin el consentimiento escrito del arrendatario.
7.2 El vehículo se debe cuidar y tratar adecuadamente, así como cerrar debidamente. Se deberá tener en cuenta las normas técnicas y las disposiciones determinantes para el uso. Se deberá controlar el estado del vehículo, sobre todo el nivel de agua y aceite, así como la presión de los neumáticos. El arrendatario se compromete a comprobar regularmente si el vehículo arrendado está en perfectas condiciones para circular con seguridad. Si resultase dañado el vehículo como consecuencia de un sobrecalentamiento debido a niveles bajos de aceite o refrigerante del motor, el arrendatario perderá íntegramente la fianza. Si los daños ocasionados superasen el importe de la fianza, el arrendatario se comprometerá a pagar el importe íntegro de la reparación, incluyendo las pérdidas generadas por la imposibilidad de alquilar el vehículo durante algún tiempo debido a este motivo.
7.3 Está prohibido fumar y encender velas en el interior del vehículo. El arrendatario deberá asumir los gastos derivados de la ventilación o la eliminación del olor a tabaco, incluyendo las pérdidas generadas por la imposibilidad de alquilar el vehículo durante algún tiempo debido a este motivo.
7.4 No está permitido llevar ningún tipo de animal en el vehículo. El arrendatario deberá asumir los gastos derivados de limpieza, ventilación y/o eliminación del olor, incluyendo las pérdidas generadas por la imposibilidad de alquilar el vehículo durante algún tiempo debido a este motivo.
7.5 No está permitida la utilización de un fogón portátil en el interior del vehículo. Si se produjesen daños por el uso de éste en el interior del vehículo, el arrendatario se hará responsable del coste íntegro de los desperfectos.
7.6 En caso de comprobar que se han infringido las disposiciones de los anteriores apartados 7.1, 7.2, 7.3, 7.4 y 7.5 el arrendador podrá rescindir de inmediato el contrato de alquiler, así como solicitar la devolución del vehículo al arrendatario. El arrendatario se verá obligado a abonar la totalidad del precio del arrendamiento, así como los gastos que en los citados apartados se mencionan.
7.7 Al devolver el vehículo, el arrendatario deberá indicar por escrito al arrendador los defectos que haya detectado en el vehículo y/o equipamiento una vez iniciado el periodo de alquiler. Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios en caso de defectos indicados con posterioridad, a no ser que dicha pretensión esté motivada por un daño no evidente.
8. Sanciones
8.1 El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas con el uso del vehículo que se reclamen, excepto si se debe a causas imputables a éste último. El conductor será identificado por el arrendador y se le enviará la sanción a la dirección facilitada para que pueda proceder al pago. En el caso de que la dirección facilitada sea incorrecta o la carta sea devuelta por cualquier motivo, el arrendador podrá cobrar el importe de la multa (o cualquier otro gasto apuntado anteriormente) de la tarjeta de crédito/débito facilitada durante el periodo de alquiler.
8.2 Todos los conductores autorizados tendrán responsabilidad personal sobre cualquier infracción legal que sea incurrida durante el periodo de alquiler. El arrendatario autoriza expresamente al arrendador que las consecuencias económicas de cualquier infracción personal, cometida durante la duración del alquiler, sea cargada en su tarjeta de crédito en los siguientes doce meses.
8.3 El arrendatario deberá respetar la normativa de cada municipio o ciudad. Si se acampa libremente fuera de una zona no autorizada, el arrendatario asumirá la responsabilidad y la sanción recaerá sobre éste.
8.4 El arrendatario alcanzará la máxima responsabilidad si por su culpa fuese el vehículo retenido o embargado, corriendo, además, con los gastos y el lucro cesante del arrendador durante el tiempo que dure la indisponibilidad del vehículo, aplicándose por cada día que fuere retenido o embargado el importe por día, según el modelo y tarifa en vigor del precio de alquiler del vehículo.
9. Responsabilidad del arrendatario; seguro a todo riesgo
9.1 El vehículo dispone de un seguro a todo riesgo con franquicia.
9.2 Según los principios del seguro a todo riesgo, en caso de daños integrales, el arrendador eximirá al arrendatario de la responsabilidad de los daños materiales, con una franquicia de 800 €, que deberá asumir el arrendatario. Esta franquicia no incluye los efectos personales del arrendatario y acompañantes. En caso de accidente y/o robo, el arrendatario se hará cargo del importe de 800 € por siniestro, en consecuencia, en caso de más de un daño, incidente o accidente durante el periodo de alquiler, el arrendatario será responsable de una franquicia de 800 € por cada uno los partes declarados.
9.3 En caso de ser varios los clientes y/o conductores, todos estos responderán en calidad de deudores solidarios.
9.4 El vehículo sólo está cubierto por el seguro durante la duración estipulada del contrato. El arrendador no puede hacerse responsable de ningún daño fuera de la duración del alquiler, siendo en este caso el arrendatario el único responsable.
9.5 La eximente de la responsabilidad indicada en el apartado 9.2, no tendrá efecto si el arrendatario omite algunas de las normas indicadas en todos los puntos del apartado 7 y 10.
9.6 La exención de responsabilidad del apartado 9.2 no procederá en caso de que el arrendatario haya causado un daño de forma premeditada o negligente.
9.7 El arrendatario, bajo ningún concepto, quedará eximido de sus responsabilidades (civiles,administrativas o de cualquier índole) que sean consecuencia de un siniestro ocomportamiento doloso.
9.8 Así mismo, el arrendatario deberá responder en caso de comportamiento doloso en los siguientes casos:
a) Si el arrendatario no respeta las normas y el código de circulación vigente del paísdonde esté circulando.
b) Si el arrendatario o el conductor a quien el arrendatario le ha dejado el vehículo,huye en caso de accidente.
c) Si los daños se deben a un uso prohibido en el apartado 7.1 o a una infracción dela obligación establecida en el apartado 7.2.
d) Si el arrendatario, en contra de la obligación establecida en el apartado 10, no avisaa la policía en caso de accidente o infringe las obligaciones descritas en dichoapartado.
e) Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo(altura, ancho, largo).
f) Si los daños se deben a un incumplimiento de disposiciones relativas a la cargaadicional.
g) Si los daños los ha causado un conductor no autorizado a quien el arrendatariohaya dejado el vehículo.
h) Si los daños se deben a una conducción temeraria por los efectos de las drogas o el alcohol.
10. Pautas en caso de robo o accidente
10.1 En caso de accidente, robo o hurto del vehículo, incendio o daños causados por animales de caza, el arrendatario deberá informar, en el mismo momento que ocurra el suceso, a la policíao autoridad competente y al arrendador telefónicamente (+34 647688590). Además, deberáremitir una copia de la denuncia, vía email al arrendador ([email protected]), enun plazo máximo de 12 horas, desde el momento en que se produzca el accidente, quedandosin efecto en caso contrario los seguros y coberturas contratados. El arrendatario abonarátodos los daños o perjuicios que provoquen la falta o retraso en la comunicación al arrendadorde cualquiera de estas eventualidades.
10.2 Nunca se reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del hecho, salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”. El arrendatario deberá obtener todos los datos de la parte contraria(nombre, dirección, teléfono, datos del carnet de conducir, compañía aseguradora y elnúmero de póliza, datos de testigos eventuales, así como las matrículas de los afectados juntocon los detalles del accidente) y los remitirá en el plazo indicado al arrendador. Notificar de inmediato a las autoridades el accidente si existe culpabilidad de la parte contraria. El partede accidente se deberá entregar debidamente cumplimentado y firmado como muy tarde enel momento de devolver el vehículo al arrendador.
10.3 En caso de robo o hurto del vehículo, se denunciará a la autoridad competente inmediatamente, comunicándolo y remitiendo copia de la denuncia al arrendador, junto con las llaves de vehículo en un plazo máximo de 24 horas; quedando sin efecto en caso contrario los seguros y coberturas contratados.
10.4 No abandonar nunca el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo ysalvaguardarlo. Contactar si fuera necesario con la Compañía de Asistencia en Carreteracontratada con lo Aseguradora del arrendador.
10.5 En caso de incumplimiento por el arrendatario de alguna de estas medidas, si son deaplicación, el arrendador podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados pornegligencia de éste, incluido el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempoque dure la inmovilización del vehículo.
10.6 Incluso en daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el arrendatario deberáredactar para el arrendador un amplio informe por escrito junto con un boceto. Si el arrendatario no elabora el informe – no importa cual sea la razón – e impide de este modo que la compañía de seguros pague los daños, el arrendatario estará obligado a abonar el importe correspondiente en su totalidad.
11. Responsabilidades durante el viaje
11.1 El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el arrendador. Cuando la duración del recorrido o el estado de las carreteras lo aconsejan, se realizarán las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis – motor.
11.2 Detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo, debiendo contactar con el arrendador y/o con la Compañía de Asistencia concertada por el arrendador y sólo con esta, debiendo dirigirseexclusivamente a un servicio oficial de la marca chasis-motor, salvo autorización expresa del arrendador.
11.3 El arrendatario podrá encargar aquellas reparaciones que sean necesarias para garantizar la seguridad durante el funcionamiento y la circulación del vehículo en el período del alquiler y que no superen los 150 €. Para ello, tan sólo será necesario contar con la aprobación del arrendador. Éste último asumirá los gastos de la reparación si se hace entrega de las facturas originales y de las piezas cambiadas, siempre que el arrendatario no responda del daño según
el apartado 9. Quedan excluidos de esta norma los daños que afecten a los neumáticos, llantas, lunas y cristales. Igualmente, cualquier avería y las reparaciones debidas a defectos del suelo, pavimento o asfaltado son responsabilidad del arrendatario. En caso de que la reparación sea superior a 150 € se aplicará lo dispuesto en el apartado 11.5.
11.4 En caso de que una reparación de estas características sea necesaria por un daño imputableal arrendador y el arrendatario no se encargue de solucionarlo, éste último deberá indicar, sindemora al arrendador, el desperfecto en cuestión y conceder un plazo razonable para sureparación. El arrendador no se responsabilizará de las condiciones especificas de cada país (ej. Infraestructura), que conlleven una demora a la hora de realizar una reparación.
11.5 En el caso de cualquier avería de los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al arrendador de quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.
11.6 En caso de que siendo culpable el arrendatario, la furgoneta camper sufra graves daños o se prevea que el vehículo no se podrá utilizar durante un largo período de tiempo, o se deba retirar de la circulación, el arrendador podrá negarse a ofrecer un vehículo de recambio. En este caso queda excluida una rescisión del contrato por parte del arrendatario. Si el arrendador tuviera disponibilidad para poner a disposición del arrendatario un vehículo de recambio, podrá cobrarle al arrendatario los eventuales gastos derivados de ello.
11.7 En caso de que, sin culpa alguna por parte del arrendatario, el vehículo sufra graves daños y se prevea que no podrá ser utilizado durante un periodo de tiempo superior a 48 horas, el arrendador, podrá poner a disposición del arrendatario, según disponibilidad, un vehículo de repuesto, de categoría equivalente o superior, en un plazo máximo de 48 horas, siempre que el arrendatario se encuentre dentro del ámbito territorial de la comunidad de Catalunya. Quedaría, por tanto, excluida una rescisión del contrato, debiendo aceptar el arrendatario el nuevo vehículo y sin obligación por parte del arrendador de indemnizar los posibles perjuicios o daños causados al cliente.
12. Responsabilidades del arrendador, prescripción
12.1 Quedan excluidos los derechos a indemnización por daños y perjuicios del cliente pordefectos no imputables al arrendador.
12.2 El arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. No será responsable de fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del mismo, ni es responsable, frente al arrendatario o resto de usuarios del vehículo, de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías.
12.3 Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al arrendador, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha convenida, el arrendador se reservará el derecho de substituir el vehículo por otro en caso de no contar con disponibilidad del vehículo reservado. De no resultar posible la sustitución y entrega del vehículo, el arrendatario n tendrá derecho a ninguna indemnización, salvo la devolución de la cantidad pagada en concepto de reserva al arrendador.
13. Protección de datos de carácter personal
Conforme lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea (RGDP), el arrendador informa que los datos de carácter personal que figuran en el presente contrato podrán ser incorporados a un fichero automatizado, propiedad del arrendador, con el fin de; prestar y ofrecer sus servicios y promociones, concediéndose el consentimiento expreso para el envío de comunicaciones comerciales mediante cualquier vía, además de poder realizar estudios estadísticos, tramitar encargos, solicitudes o cualquier tipo de petición que sea realizada
por el usuario a través de cualquiera de las formas de contacto que se ponen a su disposición y remitir el boletín de noticias de la página web.
Este consentimiento podrá revocarlo en cualquier momento mediante un correo electrónico o por cualquiera otra media fehaciente.
Sus datos se conservarán con esta finalidad, mientras no se oponga a ello o solicite la BAJA en las comunicaciones comerciales, posibilidad que se le ofrecerá en cada comunicación.
Los datos recogidos no serán cedidos a terceras personas, empresas u organizaciones, salvo imperativo legal.
Datos de contacto para ejercer sus derechos:
CAMPO BASE CAMPER, C. Cadernera, 37 08184 Palau Solità i Plegamans (Barcelona)
[email protected]
14. Jurisdicción
En caso de litigios derivados o relacionados con cualquier acto relativo a la reserva o al contrato de alquiler de la furgoneta camper, se acuerda que la jurisdicción sea de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona.
En caso de posible discrepancia entre la versión español/inglés de las presentes Condiciones Generales, prevalecerá la versión española.